Es corriente que, debido a la naturaleza eléctrica y dinámica de las Startups, los aspectos legales pasen a un segundo plano: pocos prestan atención a los fundamentos legales de su proyecto mientras planifican el nacimiento del mismo. Sin embargo, es precisamente uno de los documentos fundamentales de lo que vamos a tratar en este artículo: el pacto de socios en una startup.
Y es que precisamente lo básico en toda sociedad, incluida las startup, es el pacto de socios. El acuerdo entre las personas que lanzan el proyecto, futuros accionistas del mismo -de ahí que se llame también acuerdo de accionistas-, debe estar redactado de manera impecable, por tal de que sea un blindaje frente a injerencias externas no deseadas o bien una protección frente a maniobras internas. Ésta es la norma necesaria, la ley fundamental a la hora de empezar cualquier tipo de actividad económica que implica a más de uno mismo.
Recuerda que si necesitas realizar o revisar un pacto de socios para una startup y estás en Barcelona o su Área Metropolitana, no lo dudes, contacta con nosotros para contratar a un abogado experto en el Formulario de Contacto.
Las sociedades mercantiles que operan de la manera tradicional, debido a su longeva pervivencia en nuestro sistema económico, tienen bien aprendida esa lección. Sin embargo, la frescura y espontaneidad con las que se presenta al gran público el concepto de startup acaba afectando en muchas ocasiones a los propios implicados, lo que puede conllevar a una negligencia de los aspectos legales por su parte. Por ello debemos ser meridianos al señalar que el pacto de socios es la piedra de toque sobre la que construir todo el proyecto. Sin un buen pacto de socios en los inicios de una startup, lo construido será similar a un castillo de arena frente al que las olas son implacables. Y de nuevo, un dato objetivo: a ningún consumidor ni a ningún inversor les gustan los castillos de naipes, por lo que si tu startup se acaba tambaleando por un pacto de socios mal diseñado, es posible que acabe condicionando la finalización abrupta del proceso.
Pero no sólo debemos hablar de una viabilidad y operatividad bloqueadas por un mal pacto de socios: también hemos de tener en cuenta la extensa legislación mercantil que existe en nuestro país y los del entorno al respecto de la constitución societaria. Eso significa que las posibilidades, requisitos y procedimiento para crear una sociedad están tasados, lo que lleva a que si éstos no se respetan podríamos entrar de pleno en un incumplimiento legal. Y ello pudiera revestir consecuencias graves no sólo respecto a los pactos intrasocietarios, es decir, entre los socios, sino también podría abrir la puerta a sanciones e inspecciones tributarias.
Lo primero que debemos señalar del acuerdo de socios es que éste tiene que ser por escrito, sí o sí. Es más, no solo por escrito, sino que nosotros recomendamos que el mismo se eleve a escritura pública, dejando constancia ante notario del acuerdo alcanzado. Desde nuestra experiencia, podemos asegurar que no es la primera vez que nos encontramos acuerdos societarios, desde creaciones de sociedades hasta Partnership Dissolution Agreements (PDA), que han sido firmados en documento privado con la firma de todos los implicados para que luego uno de ellos reputara el mismo como falso y no aceptara lo acordado en el mismo. Por tal de evitar las posteriores pruebas periciales sobre el documento, interrogatorios cruzados y, evidentemente, un alto coste en cuestiones judiciales, lo mejor es sacralizar dicho acuerdo, de tal forma que siempre será mejor por escrito que verbalmente, y siempre será mejor en documento público ante notario que en una fotocopia firmada.
Recuerda que si necesitas realizar o revisar un pacto de socios para una startup y estás en Barcelona o su Área Metropolitana, no lo dudes, contacta con nosotros para contratar a un abogado experto en el Formulario de Contacto.
Respecto a la posibilidad de realizar uno mismo los contratos y acuerdos sociales, hemos de posicionarnos en contra. Es cierto que quienes forman parte de una startup suelen tener un perfil multidisciplinar que abarca varios aspectos de la actividad económica, incluyendo el Derecho. Sim embargo, en demasiadas ocasiones la confianza depositada en un la autogestión del proyecto puede desembocar en una estructura societaria y unos acuerdos parasociales débiles, con fisuras, dado que se necesita la mano de un verdadero experto por tal de salvaguardar todos los intereses en juego. Por tanto, excepto si uno de los integrantes es un abogado mercantilista versado en startups, lo mejor es contar con consultores y asesores externos.
Y no sólo porque la viabilidad del proyecto está mejor garantizada en las manos de un experto en la materia, sino porque además en muchas ocasiones es mejor contar con un punto de vista externo ante las problemáticas legales. Aquellos que están implicados en un proyecto de este tipo, en ocasiones carecen de un punto de vista objetivo sobre la situación, focalizándose únicamente en un aspecto de la cuestión o peor aún: exclusivamente en sus intereses. Por eso, por tal de obtener una visión general del aspecto legal, lo mejor es contar con unos ojos frescos que puedan detectar rápidamente las zonas a subsanar.
Lo cierto es que, como es lógico, cada startup es distinta, por lo que lógicamente el pacto de socios será distinto. Sin embargo, podemos esbozar una serie de de elementos que siempre deberían aparecer en el mismo:
Esto es todo lo que debes saber en una primera introducción a los pactos de socios en una startup. Este acuerdo, que debe configurarse con la ley particular de toda sociedad, es fundamental a la hora de asegurar un funcionamiento óptimo del proyecto, pudiendo adaptarse su contenido a la situación existente.
Recuerda que si necesitas realizar o revisar un pacto de socios para una startup y estás en Barcelona o su Área Metropolitana, no lo dudes, contacta con nosotros para contratar a un abogado experto en el Formulario de Contacto.
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