¿Cuándo hay responsabilidad solidaria?
Naturaleza jurídica y fundamento legal
La responsabilidad solidaria de los administradores constituye uno de los mecanismos más eficaces en el ordenamiento jurídico español para garantizar la correcta gestión societaria. Su fundamento se encuentra principalmente en el artículo 367 de la Ley de Sociedades de Capital, complementado por el artículo 172 bis de la Ley Concursal. Esta figura jurídica persigue un doble objetivo: Proteger los intereses de los acreedores sociales y disuadir prácticas de gestión negligente o fraudulenta.
En Morán Lobato Abogados analizamos cada caso con rigurosidad para defender los derechos de administradores y acreedores. ¿Necesitas ayuda? Contacta con nosotros.

Ámbito de aplicación y presupuestos
Para que nazca la responsabilidad solidaria deben concurrir tres elementos esenciales:
- Situación de insolvencia: La sociedad debe encontrarse en estado de imposibilidad para cumplir regularmente sus obligaciones exigibles.
- Incumplimiento de deberes: Los administradores deben haber faltado a sus obligaciones legales, especialmente:
- No convocar la junta general cuando las pérdidas reduzcan el patrimonio neto a la mitad del capital social
- No solicitar el concurso de acreedores dentro del plazo legal de dos meses
- Nexo causal: Debe existir una relación directa entre el incumplimiento y el perjuicio causado a acreedores o socios.
Efectos jurídicos de la declaración de responsabilidad
La declaración de responsabilidad solidaria produce importantes consecuencias:
| Efecto | Alcance | Base Legal |
|---|---|---|
| Responsabilidad patrimonial | Hasta el importe total de las deudas sociales | Art. 367 LSC |
| Inhabilitación | Hasta 15 años para ejercer cargos similares | Art. 173 LC |
| Acción de reintegro | Posibilidad de repetir contra otros administradores | Art. 1137 CC |
Defensa procesal de la responsabilidad solidaria
Los administradores cuentan con varias líneas de defensa:
- Excepción de diligencia debida: Acreditación de haber actuado con la prudencia y cuidado propio de un ordenado empresario.
- Falta de causalidad: Demostración de que el perjuicio no deriva de su gestión.
- Consentimiento informado: Cuando los acuerdos perjudiciales fueron autorizados por la junta con pleno conocimiento.
Recomendaciones prácticas para administradores
Para minimizar riesgos, aconsejamos:
- Mantener documentación exhaustiva de todas las decisiones
- Realizar informes periódicos sobre la situación patrimonial
- Consultar con expertos ante indicios de insolvencia
- Recabar acuerdos expresos de la junta para operaciones críticas
En Morán Lobato Abogados podemos asesorarle en la prevención y defensa frente a este tipo de responsabilidades. No dude en contactarnos para una consulta personalizada.


